Constitución de la sociedad y asientos de apertura

Cuando se funda una entidad por primera ocasión deberá tomar decisiones y acciones para tener éxito en lo que se está emprendiendo;

  • Determinar el giro de la empresa. Decidir la forma de sociedad.
  • Definir tres posibles nombres y pedir, en el caso de México, a la Secretaría de Relaciones Exteriores la aceptación de uno de éstos.
  • Tener una razón social.
  • Establecer el objeto de la sociedad.
  • Definir los accionistas y el número, valor y porcentaje de acciones. Establecer el monto del capital social.
  • Tener información sobre los datos generales de los accionistas (nombres, nacionalidad, fecha y lugar de nacimiento, domicilio, estado civil y calidad migratoria si es extranjero).
  • Duración de la sociedad. Domicilio de la sociedad.
  • Definir la forma de administrar la sociedad (consejo de administración o administrador único).
  • Realizar el nombramiento del consejo de administración. Definir el contenido de los estatutos del acta constitutiva.
  • Designar y realizar el nombramiento de los administradores y determinar sus facultades.
  • Designar y realizar el nombramiento del comisario.
  • Estos requisitos deben adaptarse a las regulaciones y requisitos de apertura de empresas que establece cada ciudad o país.

Una vez, que se ha realizado el trámite de la constitución de la entidad, se procede a realizar los asientos contables de inicio o de apertura, los que consisten en anotar las aportaciones de cada uno de los accionistas por una parte y por la otra cómo fue esa participación, esto es si se realizaron en numerario o se realizaron en especie.

Fuente: Apuntes de Prácticas de contabilidad de la FCA UNAM