Es muy importante que en la estructura orgánica de la administración pública municipal se considere la creación de un órgano encargado específicamente de la construcción de obras y la administración de los siguientes servicios públicos:
– Agua Potable
– Alumbrado Público
– Mercados
– Parques
– Panteones
– Rastros
– Calles
– Jardines
Su titular tendrá entre sus principales funciones las siguientes:
Planear y realizar la construcción de las obras de beneficio colectivo que autorice el ayuntamiento.
Vigilar el mantenimiento y conservación de los edificios y equipo destinados a la prestación de algún servicio público.
Organizar la prestación y administración de los diversos servicios públicos.
Supervisar que la prestación de los servicios públicos se lleve a cabo con estricto apego a su reglamentación.