Estado y economía

Contenido: Noción del estado. Elementos característicos del estado. Fines del estado. La política, la economía y el derecho como factores determinantes de la actividad del estado.

Noción del estado

El Estado puede definirse como la organización jurídica de la Nación. «En efecto, no puede concebirse la idea de Estado sin la idea de organización jurídica o sea de Derecho».

La noción de Estado lleva implícita la idea de un ordenamiento político y jurídico que debe culminar en un Gobierno propio e independiente de todo otro poder extraño. Por ello, el Profesor Manuel A. Amiama, afirma que el Estado supone el Gobierno y el Gobierno supone el Estado.

Claro está que si ese Gobierno es dependiente, se trata entonces de un Estado dependiente; y en el caso contrario existe un Estado libre y soberano. Esta idea de soberanía, que se aplica a los Estados con Gobiernos propios no dependientes, tiene especial interés en el campo del Derecho Internacional Público, el cual sólo admite como sujetos de derecho a los Estados soberanos.

Elementos característicos del estado

Conviene ahora destacar el análisis de los elementos característicos del Estado, que la teoría tradicional, del Estado según se consignó al tratar de la Nación, los limita -a una población, un territorio y un vínculo jurídico que se puede traducir como Gobierno propio.

El concepto de población, o Pueblo, se origina sobre un hecho real, esto es, la existencia de un conglomerado humano asentado en un ámbito determinado y que se halla vinculado por la voluntad de asociarse. Podría agregarse ahora que ese conglomerado históricamente se debió ir formando por la existencia de características más o menos comunes, como son la raza, la religión, el idioma, o para decirlo con un concepto más amplio: por una cultura común, si tomamos este término en el sentido de una forma de pensar y actuar frente al mundo circundante en un momento dado.

Pero vale aclarar que esas características comunes sirven para explicar la formación histórica de una población determinada; pero ello no significa, necesariamente, que al observar la realidad del Estado -en la cual tiene que aparecer como condición sine qua non el elemento población dichas características deban aparecer en toda su plenitud. En efecto, en la observación de cualquier Estado moderno encontramos que resulta imposible hablar de unidad étnica. Baste citar la famosa frase de que los Estados Unidos de América constituyen históricamente el mejor ejemplo de un Estado formado por la unión de diversas razas humanas, (el llamado «melting pot.», es decir: la caldera de fundición de donde ha surgido el pueblo de ese país).

Lo mismo podría decirse de la religión. Renán, hace un siglo, ya excluía esa característica como elemento de formación de los pueblos, puesto que, según advertía, la religión cada día se va transformando más en «un hecho individual que se relaciona con la conciencia de cada uno», por lo cual ha perdido su fuerza vinculatoria, como la tuvo, sin duda, en la formación de los pueblos primitivos.

Lo que realmente da perfil a esa sociedad que llamamos Estado, es el vínculo jurídico. El cual se entiende como la esencia del Estado, puesto que sin un cierto orden jurídico, la sociedad quedaría convertida en un caos, por lo que hay que entenderlo como normas o sistemas de normas singulares, que pueden estar expresadas en forma de leyes o cimentados simplemente en la costumbre, y que representan la «voluntad social» preponderante en un cierto momento histórico.

El Estado por tanto, se define como «la unidad de un sistema jurídico que tiene en sí mismo el propio centro autónomo y que está, en consecuencia, provisto de la suprema cualidad de persona en sentido jurídico». 25 Se entiende, pues, que las normas que constituyen el sistema jurídico emanan y se desarrollan como productos del espíritu humano y si llegan a tener vigencia es porque están sostenidas por la voluntad del grupo social de donde dimanan.

Fines del estado

Se ha afirmado que los fines del Estado son, en definitiva, los fines que se propone el individuo, habida cuenta de que sólo la persona, como ser de conciencia, se puede proponer fines y realizarlos. El Estado, pues, no es un fin en sí mismo, sino que existe para la realización de lo que Santo Tomás llamó “el bien común”.

Pero, ¿qué se entiende por este concepto? Por “bien” se quiere decir que dé satisfacción a las necesidades del hombre (sean materiales, espirituales o morales), proporcionándole la paz, la cultura y todo lo necesario para el desenvolvimiento de su existencia.

Que sea “común” significa que el disfrute de este “bien” ha de compartirse en la proporción justa. De hecho, los conceptos que a continuación se manejan tienen que ver con el bien común.

La política, la economía y el derecho como factores determinantes de la actividad del estado

La política, como primer elemento integrante de la actividad del Estado, se conceptúa como la ciencia social que tiene por objeto normar las actividades de los grupos humanos encaminadas a lograr su cohesión, y el orden y la defensa de sus intereses comunes, con el propósito de conseguir su superación. Por su parte la ciencia económica es aquella disciplina por medio de la cual el grupo social aprende cómo se produce la riqueza material, cómo se distribuye y cuáles son las mejores formas de consumo.

En los Estados modernos, la economía ha ido ascendiendo peldaños entre las actividades indispensables del hombre y del grupo social, hasta colocarse en un lugar privilegiado por razones simples. Cada vez el grupo social es más numeroso, en una alarmante proporción inversa con la existencia de riquezas materiales. Por tanto, cada día se debe repartir esta menor riqueza entre más hombres, lo que produce entre el grupo social una sensación de necesidad que cada vez hace más indispensable la presencia de las reglas económicas en casi todas las actividades que desarrolla la sociedad humana, así como la presencia de los órganos estatales en la orientación, dirección, regulación y hasta control de los fenómenos económicos.

En efecto, la presencia de órganos estatales más eficaces y eficientes, como rectores del grupo social, se ha convertido en una necesidad imperiosa para la tranquilidad y el progreso de los pueblos, cuyo poder se mide por la potencialidad económica del país en que están asentados. El derecho, por su parte, es el conjunto de normas jurídicas de carácter imperativo-atributivas, que rigen la vida y conducta de las personas, cuando éstas se manifiestan dentro del grupo social. En los pueblos modernos se ha confirmado como el instrumento rector no sólo de las relaciones políticas, sino también económicas y sociales en general, de los individuos entre sí, de éstos para con el Estado, y de los diversos Estados entre sí.

Una vez esbozados estos tres importantes factores: la política, la economía y el derecho, se puede estar en condiciones de combinar los elementos componentes de cada uno de ellos para tratar de determinar el contenido de la actividad del Estado, la cual varía en el espacio y en el tiempo, ya que los factores económicos, políticos, jurídicos, culturales y sociales determinan el balance de la actividad estatal. Dicha actividad comienza desde el momento en que el Estado trabaja para proveer los elementos necesarios para su propia existencia, hasta aquel en que organiza y satisface en mayor o menor grado, las necesidades de la sociedad humana que le da vida y razón de ser.

Es evidente que para que el Estado pueda realizar sus actividades, con los medios y recursos económicos necesarios para hacerlo. Así se ve como esa entidad política comienza por extraer el mayor provecho económico de sus bienes propios; continúa por explotar debidamente los recursos naturales y la riqueza nacional, y culmina obligando a los particulares a contribuir económicamente para el desarrollo de la actividad estatal.

En resumen, el contenido de la actividad del Estado consiste en: allegarse importantes cantidades de recursos económicos para realizar su objetivo fundamental, que es la procuración del bien común mediante la satisfacción de las necesidades que experimenta la colectividad. Esa función estatal ha recibido a través de las épocas históricas recientes, en que se empezó a estudiar con rigor científico el contenido de la actividad del Estado, diversos nombres; sin embargo, la denominación más utilizada es la de atribución.

Este término se refiere a la forma y manera de cómo el Estado se encuentra no sólo facultado, sino también obligado a realizar dentro del marco legal de su competencia jurídica, una serie de actividades encaminadas a logra la satisfacción del bien común. Aun cuando éstas funciones se ven atendidas y solucionadas a tiempo, o todo lo contrario, se detenga su proceso por la burocracia que existe en el poder y las políticas que sirven a intereses de unos cuantos es necesario tocar este punto que a continuación se desarrolla.

Fuente: Apuntes Gestión y Administración Pública del Unideg.